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martes, febrero 3, 2026

Dermatóloga advierte sobre aumento silente del cáncer de piel

 El cáncer de piel avanza en silencio entre los dominicanos, sin importar su edad, condición social o estilo de vida. Lo preocupante es que esta enfermedad puede desarrollarse sin dar señales hasta que ya está en etapas complicadas, advierte la Dra. Luisa González de Bogaert, médico cirujano dermatólogo y directora médica de la Clínica de la Piel Dr. Huberto Bogaert.

Contrataciones Públias establece pautas para implementación de la nueva Ley 47-25

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas (SNCP), emitió este viernes la Resolución Núm. PNP-01-2026, la cual establece las disposiciones generales para el inicio de la implementación de la nueva Ley Núm. 47-25 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante el Decreto Núm. 52-26.

Trasladan otros 400 privados de libertad de La Victoria al CCR Las Parras

Avanzando en el proceso iniciado en noviembre pasado, la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC) trasladó a otros 400 privados de libertad desde La Victoria al Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras.
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El derecho a la vida saludable

Por Araceli Aguilar Salgado

El derecho a la salud es uno de los derechos humanos fundamentales. Involucra distintos aspectos de la vida (materiales, físicos, psicológicos) que hacen al bienestar y la dignidad de las personas, por eso va más allá de la ausencia de enfermedad. Un derecho es aquello que la sociedad en su conjunto reconoce que le corresponde a cada persona.

El derecho a la salud es un derecho inclusivo y comprende un amplio conjunto de factores que pueden contribuir a una vida sana, entre otros, el agua potable salubre, el saneamiento adecuado, la alimentación segura y unas condiciones laborales saludables. Los otros aspectos fundamentales del derecho a la salud se enuncian a continuación:

Accesibilidad, que requiere que los establecimientos, bienes y servicios sanitarios sean asequibles y físicamente accesibles a todos, sin discriminación.

Disponibilidad, que requiere que haya un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos sanitarios y centros de atención de la salud en funcionamiento.

Aceptabilidad, que requiere que los establecimientos, bienes y servicios sanitarios sean respetuosos de la ética médica, sensibles a las cuestiones de género y apropiados desde el punto de vista cultural.

Buena calidad, que requiere que los establecimientos, bienes y servicios sanitarios sean apropiados desde el punto de vista científico y médico, y estén en buenas condiciones.

Participación, que requiere que los beneficiarios del sistema de salud tengan voz respecto del diseño y la aplicación de las políticas de salud que les afectan.

Rendición de cuentas, que requiere que las autoridades sanitarias y los Estados rindan cuentas de su cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos en la esfera de la salud pública. Las personas deben poder solicitar una reparación efectiva cuando se vulnere su derecho a la salud, como en los casos de denegación de servicios sanitarios.

Libertades, que requieren que las personas deben ser libres de no someterse a tratamientos médicos no consentidos, como experimentos médicos o la esterilización forzada, así como a tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Derechos, que requieren que las personas tengan la oportunidad de disfrutar del más alto nivel posible de salud; el derecho a la prevención y el tratamiento de enfermedades, y la lucha contra ellas; Derecho a la atención y a la protección de la salud: significa recibir atención médica oportuna y tratamientos adecuados sin discriminación de ningún tipo, información en lenguaje sencillo y claro, un trato cordial y respeto por nuestro cuerpo, nuestra privacidad, nuestro tiempo y nuestras decisiones; Derecho a la privacidad y confidencialidad: todos tenemos derecho a que se respete nuestra intimidad.

La información sobre nuestra salud debe mantenerse en reserva y ser considerada confidencial y amparada por el secreto médico. Las y los adolescentes también tienen derecho a solicitar y recibir información y servicios de salud sexual y reproductiva sin que se exija la presencia y/o autorización de sus padres; Derecho a la educación y a la información: tenemos derecho a conocer nuestro cuerpo, saber cómo funciona y las formas de cuidarlo evitando riesgos y enfermedades. Precisamos contar con información adecuada para poder tomar decisiones libres y responsables, el acceso a medicamentos esenciales; y la salud materna, infantil y reproductiva, entre otros derechos. 

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Por lo que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, si las personas hacen uso de los servicios de salud tienen el derecho de obtener prestaciones oportunas, profesionales, idóneas y responsables, el Estado otorgará servicios de salud a través de la Federación, Estados y Municipios de acuerdo a lo establecido en la ley.

La Organización Naciones Unidas para la Salud Natural, ONUSANA, tiene el placer de invitarle al Seminario Internacional: SALUD Y NUTRICIÓN NATURAL “Una Responsabilidad de Todos”.

Este gran encuentro internacional se llevará a cabo los días: viernes 17, sábado 18 y domingo 19 de marzo del 2023, en el Jardín Botánico de Santiago de Caballeros Profesor Eugenio de Jesús Marcano República Dominicana es gratis y será transmitido por las plataformas del Zoom, Facebook Live, You Tube,

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